as políticas que enfrentan el consumo de sustancias sicoactivas en el mundo son tres. La primera es la legalización total, con controles parciales y diferenciales de su consumo ciudadano.
Ésta es la referencia que se aplica a los alcoholes, tabacos y a los sicofármacos. El comercio y la producción son legales y pagan impuestos.
Los productores son las tabacaleras, las destilerías y los laboratorios de medicamentos. Los distribuidores son los puntos de venta y los gabinetes de los médicos que indican su consumo.
El regulador, el Estado, posee políticas, control de patentes de expedición alcohólica, receta médica, ley de tabaco, entre otras.
Esta política funciona en casi todo el mundo occidental e incluye a las sustancias que controla entregándoles un manto de legalidad en relación con el resto de los sicoactivos.
La segunda política, a la que podemos denominar de "reducción de daños", se restringe sólo a las sustancias que la primera política deja fuera; esto es, las sustancias sicoactivas ilegales.
En este modelo de política pública se permite al ciudadano el consumo intencionado, con fines recreativos o terapéuticos, de elementos que están en las listas de sustancias sicoactivas prohibidas por las convenciones internacionales de la Organización de Naciones Unidas (Convención Única de 1961 y el Convenio Internacional de Viena de 1971), pero solamente algunas de ellas, comúnmente las menos dañinas, como el cannabis.
Es la política sanitaria por excelencia para enfrentar el consumo de sicoactivos: permite su uso, entrega y atención médica a quien siente que la necesita, genera condiciones sanitarias para que los consumidores de drogas endovenosas no se infecten ni contagien con enfermedades venéreas, tolera el autoabastecimiento de marihuana (autocultivo), no castiga su consumo con medidas judiciales ni carcelarias e incluso permite la existencia de puntos de venta que contribuyen con sus impuestos al erario nacional.
Son los conocidos casos de Holanda, India, Jamaica, Alemania, España, Argentina y otros, todos países que aplican de alguna manera las medidas antes mencionadas
La tercera política, llamada de "abstencionismo" o "sociedad libre de drogas" o "guerra contra la droga" o, miméticamente con la política enunciada en la alternativa dos, "reducción de la oferta", ejemplificada en Estados Unidos, Chile, México, Cuba y gran parte del resto del mundo consiste básicamente en prohibir el consumo, transporte, comercio y posesión de cualquier sustancia sicoactiva que aparezca en las listas de elementos prohibidos mencionados. Este modelo lleva a algunas consideraciones ilustrativas de la magnitud del impacto social que genera:
1. La siquiatrización del consumidor, que básicamente pretende significar que quien consume estas sustancias es un enfermo mental, porque nadie en su sano juicio consumiría algo tan perjudicial.
2. La crimininalización del consumidor, porque quien consume quebranta la ley (la Ley 20.000 para el caso chileno) y de ese modo se transforma en un eventual convicto.
3. Dado que no reconoce que el consumo es una actividad practicada normalmente, deja sin regular el "mercado", permite conductas oportunistas, deja sin cobrar impuestos, altera la calidad del producto, etc.
4. Bajos estándares de calidad de las sustancias que se proveen para el consumo.
Así puestas las cosas, está claro que los únicos enfoques que permiten al Estado proteger en cierta medida a los ciudadanos consumidores son los paradigmas listados en las alternativas uno y dos, debido a que regulan su consumo, favorecen la venta de productos de mayor calidad y ofrecen asistencia sanitaria al proceso de producción, compra, venta, consumo y eventualmente, consumo excesivo.
jueves, abril 09, 2009
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